Escuela secundaria
Ángel maría herrera
Nombre de la asignatura
Informática
Título del tema
documento comerciales
Nombre del estudiante
Joel Martínez
Grupo
XII° m
Nombre de la profesora
Haydee Campos de Atencio
Fecha
13 de agosto de 2014
En este blog mostrare cómo funciona el trasporte multimodal en el comercio. Espero que le guste
Introducción: los puntos que vamos a ver en este blog son:
Importancia del trasporte multimodal
Los primeros pasos para la exportación
Requisitos para realizar comercio internacional
Objetivos:
Conocer la importancia de realizar el trasporte multimodal, saber cómo realizarlo, en que momento hacer exportaciones.
Llevar más afondo el tema y tener mayores conocimientos del mismo.
Proceso de tráfico de documento
Proceso de tráfico de documentos.
Documentación requerida en el tráfico comercial
En el caso de los documentos, se señalarán y explicarán, junto con sus procesos respectivos, dependiendo si es una importación, exportación o reexportación.
Proceso de importación:
Orden de Compra
Toda transacción comercial surge de una Orden de Compra, ya que es el pedido que el comprador le hace a su proveedor para que le venda sus necesidades. La Orden de compra es el documento comercial con el que una perdona, empresa u otra organización que quiere efectuar una compra, realiza a un pedido de compra a un comerciante. Este documento no obliga a quien lo emite a realizar la compra.
Factura Pro Forma
Posterior a la Orden de Compra, la empresa o fábrica quien va a vender, le confirma su pedido emitiéndole una Factura Pro Forma, con la que se detalla, todo lo relacionado a la mercancía a embarcar, además de los datos tanto del fabricante (embargante) como del comprador. La razón de la Factura Pro Forma, es para que la empresa compradora, pueda usar este documento como prueba de una transacción, al momento de pedirle al banco –donde tiene cuenta o relación el comprador- que le pague al fabricante la cantidad total del monto del valor de la factura.
Modos de pago de una transacción comercial
El importador puede pagarle a su proveedor, en el caso de una transacción comercial internacional, de las siguientes maneras, usando como mediador a su banco:
La Carta de crédito o Crédito Documentario: Ocupa el lugar de privilegio entre los medios de pago para las operaciones de compra-venta internacionales de mercancías, no sólo por las seguridades que ofrece, sino porque mediante su uso se consigue un equilibrio entre los riesgos de tipo comercial que asumen las partes que intervienen en la compra-venta internacional. La Carta de Crédito, constituye una garantía de pago, porque es un compromiso de pago respaldado por un banco. Estas garantías amplían según las cartas de crédito sean irrevocables y confirmadas.
Las transferencias: Esta es otra forma de pago utilizando los fondos del comprador pagar compromisos a nivel internacional. Se hace el envío de dinero, haciendo una transferencia de dinero de la cuenta del pagador –a través de su entidad financiera (banco o caja de ahorros)-, a la cuenta corriente que posee la persona o empresa, en esa misma entidad o en otra diferente, indistintamente del lugar donde se encuentre alrededor del mundo. Suelen ser más rápidas que los giros bancarios.
Giro Bancario: El giro bancario es un tipo de contrato bancario por el cual el banco recibe una suma de dinero del cuentahabiente, o la orden de debitarla de su cuenta corriente, para que la ponga a disposición de otra persona o de él mismo, en un banco distinto, a cambio del pago de una comisión.
Factura Comercial
Después que el banco autoriza y debita de la cuenta de su cuentahabiente, el importador, el monto a pagar, tal como fue mostrado en la Factura ProForma, a favor del fabricante o embarcante, éste procede entonces a confeccionar la Factura Comercial, la que difiere de la Factura Proforma en un solo aspecto: que no dirá “Factura Proforma”, ahora dirá “Factura Comercial”. En la medida que el embargante le manda a su cliente –el importador, la factura comercial, a la misma vez va gestionando con un Agente de Carga otra serie de documentos .El Agente de Carga, es una empresa especialista en consolidar la carga de diferentes empresas en un mismo país o región para que lleguen al puerto de destino al mismo tiempo, por lo regular, en la misma nave (sea tren, avión, pero sobretodo barco). Y este agente de carga se encarga de tomar la mercancía de la bodega del fabricante, ponerla en el puerto de partida, embarcarla, velar por su buen manejo durante el viaje, y a través de una oficina afiliada –o por sus propias oficinas-, recibirla en el puerto de descarga (llámese también de destino o de entrada), para dejarla en la bodega del importador. Por lo regular, el agente de carga le gestiona todas estas operaciones logísticas al importador, siendo éste su cliente. Como una carga, desde su lugar de origen hasta su destino puede tener diversos medios de transporte, el Agente de Carga se encarga de la travesía de la carga para que al momento de dejar un medio se monte inmediatamente en otro, aunque sea diferente al anterior (de terrestre a barco, de terrestre a avión, de avión a barco, de barco a avión, cualesquiera sean las situaciones), al menor tiempo y costo posible, a favor de su cliente.
Y es el Agente de carga quien manda por correo electrónico, o fax, diversos documentos junto con la Factura Comercial, como los siguientes:
Concomimiento de Embarque (Bill of Lading)
Este es un documento emitido por la empresa de transporte naviera, ya que la carga viaja por mar. Si fuera el caso de que la carga viajara por avión, el documento sería entonces emitido por una línea aérea (por lo regular, especializadas en carga aéreas) y se llamaría “Guía Aérea, con un formato diferente al del Bill of Lading, pero con la misma información para llegar al mismo fin, describir la carga que se transporta. Este documento es de suma importancia, ya que prueba de que el embarque se habrá llevado a efecto y entregará al consignatario (importador) la denominada carga, como dueño de la misma. Y como se podrá observar, este documento señala la cantidad, denominación y características de la carga, los puertos tanto de embarque como de destino, embarcador, consignatario o empresa importadora, peso, volumen, fletes y fechas. Cabe constar que la fecha de embarque no es precisamente la fecha de emisión del documento. Además de mostrar los detalles señalados, en otro papel similar a este, se detalla también el costo del flete, que es el monto que va a cobrar la agencia naviera por el transporte de la carga, el cual puede detallarse por contenedor (de ser varios) sumando un monto total. Este flete puede ser pagado, ya sea de forma de embarcarse la mercancía, o “Cash on Delivery” (C.O.D.), que es cuando se paga la totalidad del flete al momento de que la carga llegó al puerto destino; o bien aplica cuando se hace un anticipo y al arribar la carga al puerto destino se cancela el resto.
El Manifiesto de Carga:
Este es un documento emitido por la Agencia Consolidadora de Carga de transporte, en donde se manifiestan la totalidad de las cargas recopiladas por los diferentes conocimientos de embarque que está gestionando la agencia de carga.
Después de que la mercancía ha sido descargada, los inspectores de aduana verifican todos los documentos antes mencionados para cerciorarse de que toda la documentación concuerda. Lo ideal sería revisar el interior de los contenedores para asegurarse de que la mercancía declarada en los papeles sea exactamente la misma, con todas sus características, pero como será imposible realizar esa operación con cada contenedor que desembarca todos los días en todos los puertos de carga del país, se realiza simplemente al azar.
Luego de que la documentación es revisada y validada por los inspectores de aduana, estos emiten el documento denominado “Liquidación de Aduana”, el cual es recibido y gestionado por un profesional independiente que actúa en representación del importador, titulado “Corredor de Aduana”, cuyo trabajo es sacar los contenedores de las instalaciones del puerto o de Aduanas para que sea enviado a la bodega del importador, a su completa satisfacción, después de haber pagado los tributos declarados por la Liquidación de Aduanas, los que deben ser cancelado inmediatamente en bancos como Banco Nacional de Panamá o Caja de Ahorros.
Proceso de Exportación
Casi todos los mismos procesos realizados y explicados en los de importación, se hacen en las de exportación, con la diferencia de que es la empresa radicada en Panamá la que envía la mercancía, la que vende. En ese orden de ideas podemos señalar que exportación es el envío de mercancías al exterior a lo contrario de importación que es la introducción de mercancía que proviene del exterior. Se explica en resumen los pasos desde el punto de vista del exportador
La empresa exportadora recibe de su cliente en el exterior una Orden de Compra.
Revisada la Orden de Compra el exportador le gestiona una Factura ProForma, la que será enviada, vía correo electrónico, o Fax, tanto a su cliente en el exterior, como al banco quién pagará el monto de la factura (si utilizase el crédito documentario).
Habiendo el banco del importador acreditado a la cuenta del exportador el monto solicitado según factura Proforma, procede a realizar una Factura Comercial, la cual es enviada a su cliente en el exterior (el importador) y al Agente de Carga escogido por dicho cliente.
Se contacta al Agente de Carga para darle la factura comercial, y entregarle la mercancía a satisfacción del cliente en el exterior, cumpliendo con cada uno de los términos explicados en la factura.
El Agente de Carga gestiona todo el viaje de la mercancía hasta donde el cliente en el exterior, esperando el exportador que la carga enviada llegue debidamente a destino.
La página Web de la Dirección General de Aduanas explica de manera más detallada paso a paso las gestiones a realizar durante el proceso de exportación desde Panamá al exterior.
Fundamentos legales
Artículo 584-589 del Código Fiscal (sobre la exportación)
Artículos 616-621 del Código Fiscal.
Líder del Procedimiento
Inspector Aduanero
Límites del procedimiento
Inicio del procedimiento: Cuando la oficina del Viceministro de Comercio Exterior (VICOMEX) recibe la declaración de exportación y demás documentación exigida para proceder con la autorización de embarque hacia el exterior.
Fin del procedimiento: Este procedimiento concluye cuando, el inspector de Aduanas en VICOMEX emite el Comprobante de Exportación como constancia de autorización del embarque.
Requisitos y/o condiciones mínimas
Para iniciar la ejecución del trámite de recepción y análisis de documentos durante el despacho aduanero para las exportaciones, deberán cumplirse los siguientes requisitos:
Que el exportador esté registrado como usuario del Sistema integrado de Comercio Exterior (SICE), sistema en línea (vía web) que permite la gestión electrónica del proceso de importación, y que el usuario del sistema (inspector aduanero) tenga la condición de Inspector Aduanero legalmente autorizado.
Que el Inspector Aduanero competente para practicar el análisis documental, disponga de código de acceso al SICE.
Que el exportador o su representante cuente con la declaración debidamente registrada en SICE, la boleta de pago sellada y cancelada, en caso de ser necesario; y la debida cancelación adicional (formulario de acuerdos bilaterales debidamente sellado, factura comercial, licencias previas, entre otros).
Ordenamiento del proceso de tráfico comercial y su documentación.
El Procedimiento es el siguiente:
El funcionario aduanero del Viceministro de Comercio Exterior (VICOMEX) Recibe la declaración de exportación junto con los documentos necesarios, en la Ventanilla Única del Vice Ministro. Los documentos necesarios para realizar una exportación son los siguientes:
Declaración de exportación registrada
Factura Comercial
Formulario aduanero de acuerdos bilaterales (si fuera el caso)
Certificado de origen o requerimiento
De acuerdo con el producto el funcionario de VICOMEX, indicará la necesidad de otras autorizaciones o permisos de exportación.
De ser el caso, el funcionario de Cuarentena Agropecuaria en el VICOMEX revisa la documentación (la autorización corresponde permisos y certificados fitosanitarios o zoosanitarios sobre productos agropecuarios, madera, flores, follaje) y expide la autorización correspondiente.
El Inspector Aduanero recibe los documentos y procede a efectuar el análisis documental correspondiente. En caso de productos como chatarra se requiere el pago de impuestos generando boleta de pago a través del SICE. La documentación completa consiste en:
Declaración registrada
Factura Comercial
Licencia previa de Cuarentena Agropecuaria, de ser el caso de mercancías vivas o derivadas de animales o vegetales.
Formulario aduanero de acuerdos bilaterales (si fuera el caso)
Certificado de origen a requerimiento
Otras licencias previas.
El Inspector Aduanero inicia la sesión de trabajo en SICE, ingresando al Módulo de Despacho Aduanero.
El Inspector Aduanero registra la recepción de los documentos en SICE, ingresando los Datos de Embarque de Carga de Exportación.
El inspector Aduanero registra el resultado del aforo Documental en SICE y graba los datos, tales como la Fecha del atoro (o sea, reconocimiento de la mercancía) y la Cédula del Inspector.
El Inspector Aduanero genera el Comprobante de Exportación correspondiente. En el punto de embarque, el Inspector de Aduanas revisará la documenta y efectuará una revisión general de la mercancía.
Proceso de importación desde la Zona Libre de Colón
El movimiento comercial de cualquier empresa propia de la Zona Libre de Colón nace con una importación, pero es comprar en el extranjero con el objetivo de vender la mercancía en el exterior; resumiendo, la importa desde cualquier país, entra a la Zona libre de impuesto y la vende hacia cualquier parte del exterior.
Para comprar la mercancía, el importador radicado en la Zona Libre sigue los mismos pasos de compra explicados en puntos anteriores: genera una orden de compra a su proveedor, éste les manda una Factura ProForma igual que a su banco, luego les manda por vías electrónicas tanto la Factura Comercial como el Bill of Lading por parte del Agente de Carga; y solo es cuestión de seguir virtualmente la travesía del medio de transporte que trae la carga para esperarla en el puerto de destino.
Declaración de Movimiento Comercial Electrónico
La diferencia se presenta en el momento de entrar la mercancía a la Zona Libre de Colón que es cuando el importador, tiene que hacer una Declaración Comercial de entrada de la Mercancía, llamado extraoficialmente como “D.M.C.”, documento que se realiza en el sistema originalmente denominado como D.M.C. (Declaración de Movimiento Comercial Electrónico).
Tal como lo explica la página web de la Zona Libre de Colón, el sistema de documentación electrónico de la Zona Franca está basado en la web, la aplicación permite a los agentes de flete, agentes aduanales, importadores y exportadores para presentar toda su documentación a la Administración de la Zona Libre de Colón y las Aduanas de Panamá por vía electrónica desde la comodidad de su oficina.
El sistema de documentación electrónica también puede ser una interfax con otras partes interesadas, como la Cámara de Comercio y los bancos.
Al momento de que el importador entra con su clave al sistema electrónico DMC, aparecen todas las actividades a la que la Administración de esta Zona conoce que se dedica a traficar. Por ejemplo, si dentro del Sistema DMC el importador tiene una clave para comerciar productos agrícolas, eso es lo que tiene que vender, no puede realizar una transacción para compra y venta de licor, ropa, muebles, etc.
Con el sistema DMC, el usuario que lo ejecuta, va entrando en cada una de las pantallas del sistema, metiendo los datos propios de la mercancía que espera, de quién la espera, por qué vía la espera y dónde la espera, a la vez que declara que lo que está por recibir en el puerto, va a entrar a la Zona Libre de Colón. De esta manera, la administración de la Zona Libre sabe entonces, cuándo viene la respectiva mercancía y para qué importador, de la misma manera como también lo sabrán posteriormente los funcionarios de Aduanas del puerto donde se reciba la mercancía. Sólo con este documento, denominado “Declaración de Movimiento Comercial – Entrada” la mercancía comprada puede entrar a la Zona Libre de Colón, además que se les es mostrado a los agentes de Aduana que están dentro del puerto para que pueda salir directamente hacia la Zona Libre.
La clave que tiene cada empresa radica en la Zona Libre para operar importación y exportación, la otorga la Administración de la Zona Libre de Colón, para entre otras cosas, poder ingresar al sistema de DMC. Esta clave se compra, y cuesta B/10,000: se paga una sola vez, pero se paga un porcentaje anual de este monto. Esta clave es como una licencia para poder operar dentro de la Zona Libre de Colón. Si por alguna razón la Zona Libre le quitara esta clave a la empresa, ésta cierra operaciones.
El documento DMC se presenta a los agentes aduaneros del puerto para que sepan que el contenedor o contenedores que están registrados allí van directamente hacia la Zona Libre de Colón por ser una mercancía libre de impuestos, por lo que se coloca al contenedor un “Sello Fiscal”, el cual debe permanecer intacto hasta que lo pueda abrir otro agente aduanero dentro de los predios de la Zona Libre. Al entrar la mercancía a la Zona Libre va directamente a la bodega de la compañía compradora, donde estará dispuesta como éste más quiera.
Manipulación de los documentos aduaneros
Cuando la mercancía llega al país y se descarga a través del puerto, los tripulantes del barco, representando a la Naviera del mismo que trajo la carga, le da los documentos pertinentes a las autoridades aduaneras del puerto (Bill of Lading y Manifiesto de Carga) para proceder a la descarga de los contenedores, y así cerciorarse de que todo lo que se está descargando, según la papelería, está debidamente sustentado.
El documento DMC, como parte de la papelería, es entregado a las autoridades aduaneras del puerto por la misma empresa importadora a través de un transportista o mensajero, sobre todo si es el transportista que va a retirar la carga del puerto para regresarla a la aduana de la Zona Libre.
Además de la papelería ya explicada, la empresa importadora también otorga a las autoridades aduaneras del puerto de destino, un documento como parte del sistema DMC llamado “Detalles del Contenedor –Entrada”, que es como un manifiesto de la carga que el importador está por hacer a los pedidos de la Zona Libre, detallando desde el No. de Formulario DMC de Entrada, hasta el detalle del contenedor y el del medio de transporte (por lo regular es un camión “mula”) que recoge el contenedor.
Proceso de Reexportación
Al momento de que la empresa termina sus trámites de importación, entra su mercancía a sus bodegas en la Zona Libre y la exhibe para su venta, la empresa puede vender directamente al comprador que lo visita, o mandando a un vendedor adonde los diferentes clientes potenciales o fijos alrededor del mundo.
Al realizarse una exportación el proceso puede hacerse dependiendo de diversos factores:
La mercancía importada se venda del inventario que tiene la empresa en sus instalaciones de la Zona Libre, para su exportación.
La mercancía importada ya esté vendida antes de llegar al puerto, de manera que recién se descarga, inmediatamente e vuelta a cargar a otro barco con dirección al puerto de destino del cliente de la empresa.
La mercancía importada ya esté vendida sin necesidad de llegar al puerto, ya que se sale del puerto de origen (del embarcador) directo al puerto de destino del cliente de la empresa. O sea, que la carga nunca pase por Panamá.
Indistintamente de cual sea la situación de las señaladas arriba, al momento de realizarse la exportación, inclusive si se hace poco tiempo después o al mismo tiempo que los procesos de importación, se vuelve a hacer otro documento DMC, pero ahora llamado “Detalles del Contenedor - Salida”, ya que declarará que la mercancía se vaya directamente del puerto de origen al puerto del cliente sin necesidad de pasar por Panamá.
Estos documentos a su vez están sustentados y acompañados por el Bill of Lading de la naviera que realice el viaje de exportación de la mercancía al puerto de destino, ya sea que se embarque en algún puerto de carga de panamá o que sea el mismo barco que comenzó el proceso de importación, y el Manifiesto de Carga de la Agencia Consolidadora de Carga.
Proceso de venta para Panamá
Siendo una empresa importadora que está radicada en la Zona Libre de Colón, si quisiera vender la mercancía en Panamá, tendría entonces que hacer una liquidación de aduana, siguiendo todos los pasos explicados en el “Proceso de Exportación”.
Hay un tiempo estipulado después de que la mercancía ha sido tramitada por los agentes aduaneros del puerto para que llegue a la aduana de la Zona Libre de Colón; en donde si de haber pasado un tiempo, dicha mercancía aún no ha llegado a la zona franca, se le pregunta a la empresa por la ubicación de esta carga, cuál es su destino original y del por qué aún no ha llegado a las instalaciones de la aduana de la zona libre para comercializarse allí dentro. Esto es una especie de control de parte de la Administración de la Zona Libre, para verificar que la mercancía declarada como para comerciar en la Zona Libre no se está siendo comercializada en el resto del país sin un documento “DMC – Salida” que la respalde.
Conclusión;
Todos los documentos comerciales deben ser revisados por su administrativo
Toda aduana debe tener un inspector para supervisar las cargas q llegan y salgan
Todo inspector debe tener requisitos para ejercer su labor.
“el esfuerzo vale la pena”